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Sharenting, una amenaza a los derechos de niños, niñas y adolescentes de Colombia

  • Foto del escritor: Leonardo Hinestroza
    Leonardo Hinestroza
  • 22 ago 2023
  • 4 Min. de lectura

La sentencia T-245ª-22 del 1 de julio 2022 de la Corte Constitucional de Colombia falló a favor de una denuncia hecha por un padre que alegaba que su expareja, quien hace contenidos para adultos, expone en redes sociales a su hijo de 10 años mostrando su imagen en internet y esto amenaza sus derechos fundamentales a la intimidad, al buen nombre, al libre desarrollo de la personalidad y a la prevalencia de los otros derechos de los niños, niñas y adolescentes (NNA).


Por lo anterior, nos surgen las siguientes preguntas: ¿se puede vulnerar los derechos de los NNA por mostrar sus rostros en redes sociales? - ¿Qué derechos están amenazados por compartir imágenes de un niño en internet? - ¿Cómo se le llama a la práctica? - ¿No tienen derecho los padres de compartir imágenes de sus hijos? ¿Cómo actúan las leyes de Colombia ante un posible peligro de NNA en internet? - ¿Qué hacer, dónde y cómo si se presentan vulneraciones de sus derechos?


Los adultos poco son consciente del peligro de subir y divulgar una fotografía o un video de NNA en el mundo digital, es decir, hacer sharenting, un comportamiento riesgoso de compartir, por parte de padres o adultos responsables, fotografías de familiares menores de edad en sus redes sociales. Hinojo Lucena, Aznar Díaz, Cáceres Reche, Trujillo Torres y Romero Rodríguez (2020) afirman que esto genera “ciertos conflictos de privacidad, relacionados con la protección de la imagen” del niño, niña y adolescente (p. 98).


Al respecto de la práctica del sharenting la Corte Constitucional de Colombia expresó en la sentencia T-245ª-22, que “puede implicar una sobreexposición de la imagen de los hijos menores de edad en las redes sociales. Esta práctica va dejando una huella digital o rastro de información que puede ser accesible a terceras personas, por lo que los niños y niñas pueden ser expuestos a los riesgos y amenazas que surgen en el entorno digital” (Heraldo, 2023) como la pornografía infantil, ciberacoso, cyberbullying, grooming, sexting y la suplantación de identidad.


El sharenting, como lo expresan Londoño y Flórez (2021), “expone a los niños a un mundo digital sin que ellos tengan la posibilidad de elegir qué se comparte de su vida y de qué manera”. Por ello, en la búsqueda de prevenir la vulneración de los derechos de niños, niñas y adolescentes en Colombia y garantizar el debido proceso cuando estos peligros ocurran esta investigación tiene como objetivo conocer el alcance de las actuales normativas que protegen los derechos de NNA ante la amenaza del sharenting, orientar a los responsables del cuidado de los menores a qué entidad del país acudir y cuál es el procedimiento de garantía cuando se presentan los peligros del sharenting.


Sobre la mesa

Según cifras del último censo nacional de Colombia, existen 15.454.633 niños, niñas y adolescentes (NNA) en el país (DANE, 2018), es decir 31,02% de personas que pueden ver amenazados sus derechos en el mundo digital ante el crecimiento incontrolado de las nuevas comunicaciones e internet y el surgimiento de prácticas como el sharenting que dejan una huella digital en las que los menores de edad quedan expuestos y en peligro por culpa de sus padres o cuidadores.


¿Pero por qué velar por la protección de los menores de edad? El artículo 44 de la Constitución Política de Colombia aclara que:


Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás (Colombia, 1991).


La ley reconoce al NNA como sujetos derechos y persona especial a la que se le debe cuidar y garantizar sus derechos. Esto pone a debate cada acción que se tome cuando se involucre a los menores de edad, ya que la toma de decisión de los adultos puede acarrear peligros para ellos o ellas.


Por ello, tener bajo la lupa a el sharenting, que inevitablemente se ha convertido en una práctica popular entre los adultos afectando a los NNA para revisar las consecuencias a los derechos ratificados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos que en su artículo 11 señala que, se deberá proteger la honra y la dignidad del niño, niña o adolescente. Principios humanos amenazados en un mundo digital tan libre donde la información queda almacenada en un mundo que parece irreal.


La protección de datos personales es un derecho fundamental inherente a cada ser humano, a fin de que éste se pueda desarrollar en condiciones óptimas en su entorno. En cualquier caso, por el universo que representa internet y el pleno ejercicio de derechos relacionados con la libertad de expresión, la protección de datos se ha visto limitada, en especial con los menores de edad, mismos que según normativa nacional e internacional deben contar con una protección prioritaria por ser más susceptibles a vulneraciones (Pineda & Calva Jiménez, 2020).


En la mayoría de casos los padres que hacen sharenting no son conscientes del daño que están haciendo, por ello, el proyecto Sharenting, una amenaza a los derechos de niños, niñas y adolescentes de Colombia no solo se enfoca en informar sobre las normas en Colombia que protegen a los NNA, sino también en crear consciencia a los adultos sobre el mundo digital y el peligro que representa para los menores a la hora de compartir información sobre ellos y ellas. Además de dar a conocer las rutas que resuelvan el problema al presentarse.


Les invitamos a escuchar activamente el siguiente podcast.



 
 
 

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